LEY
y REGLAMENTO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO
”Objetivo de la
Ley .- Esta Ley regula los mensajes de datos, la firma electrónica, los
servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la
prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información,
incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos
sistemas.
Los artículos 2
y 3 hacen referencia al reconocimiento jurídico de los Mensajes de datos, pues no se le negará efectos jurídicos,
validez o fuerza probatoria por la sola razón de estar en forma electrónica
(mensaje de datos).
Los artículos 6
y 7 sobre información escrita y original, proporcionan la llamada "equivalencia
funcional". Si hay un requerimiento legal para una de esas categorías, esos
requerimientos pueden ser satisfechos por el equivalente funcional del mensaje de datos.
La firma
electrónica se conceptualiza y reconoce su validez jurídica en los artículos
13, 14 y del 52 al 56; sus características de autenticidad, integridad y confidencialidad se describen en el artículo
15; y, en el artículo 16 se especifica el envío de la firma electrónica en unión lógica
con el mensaje de datos.
El artículo 18
establece que el tiempo de duración de la firma digital es indefinido; y en el
artículo 19 se identifican las razones por las cuales ésta puede extinguirse.
Desde el
artículo 23 al 27 se especifica el tiempo de duración, razones de extinción, suspensión
y revocatoria de un certificado de firma electrónica.
En el artículo
36 se ha asignado al Consejo de Comercio Exterior e Inversiones COMEXI la función de organismo de promoción y
difusión del comercio electrónico y
firma electrónica. En los artículos 37, 38 y 39 nombran al CONATEL como organismo regulador que autoriza y registra
las entidades de certificación y debe actuar bajo informes de la SUPTEL que es
el organismo de control de las entidades de certificación de información.
El sistema de
infracciones, sanciones, medidas cautelares y procedimiento de los mismos se redactan
en los artículos 40 al 43.
Los artículos 48 al 50 hacen referencia al
derecho de los consumidores de este servicio a ser informados correctamente
para poder aceptar los mensajes de datos que se le envíen.
En el artículo
51 se reconoce a los mensajes de datos conferidos por las entidades de
certificación de información como instrumentos públicos electrónicos con
validez jurídica. A partir del artículo 57 hasta el 64 constituyen reformas al
Código Penal que tienen relación con las
infracciones informáticas.
CRÍTICA PERSONAL SOBRE LA LEY Y EL REGLAMENTO DEL
COMERCIO ELECTRÓNICO
Es importante
aplicar todas las leyes publicadas para conocimiento de los interesados y
partícipes de la actividad del comercio electrónico principalmente en las empresas
que se dedican al servicio al cliente, debido a que en los diferentes artículos
explican claramente los procedimientos en torno a la actividad electrónica y tecnológica,
así mismo habla de las consideraciones, usos, atribuciones, infracciones y
sanciones, pero en lo personal creo que la existencia de este documento debe
ser difundido de manera que todos conozcan y practiquen la ley correctamente, debido a qué según el documento los perjudicados son las dos partes tanto
el emisor y también el receptor esto porque en Capítulo III habla de los derechos de los
usuarios o consumidores de servicios electrónicos, y en título V de las
infracciones informáticas Capítulo I de las infracciones informáticas, afecta
directamente al empresario, entonces es necesario estudiarla para evitar
cualquier contratiempo, además creo que la aplicación de las diferentes leyes y
reglamentos para el comercio electrónico es muy oportuno debido a que contribuye al ahorro de
tiempo en favor de los emisores o signatarios de las firmas, hablando del caso
en particular; sin embargo y lejos de ser un beneficio, se deberá tomar en
cuenta los procedimientos y mecanismos que conlleven a la absoluta seguridad de
las partes, tanto del emisor, cuanto del receptor.



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