martes, 4 de febrero de 2014

RESÚMEN Y CRÍTICA A LA LEY



LEY y REGLAMENTO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO

”Objetivo de la Ley .- Esta Ley regula los mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas.

Los artículos 2 y 3 hacen referencia al reconocimiento jurídico de los Mensajes de  datos, pues no se le negará efectos jurídicos, validez o fuerza probatoria por la sola razón de estar en forma electrónica (mensaje de datos). 
Los artículos 6 y 7 sobre información escrita y original, proporcionan la llamada "equivalencia funcional". Si hay un requerimiento legal para una de esas categorías, esos requerimientos pueden ser satisfechos por el equivalente funcional del mensaje  de datos. 
La firma electrónica se conceptualiza y reconoce su validez jurídica en los artículos 13, 14 y del 52 al 56; sus características de autenticidad, integridad y  confidencialidad se describen en el artículo 15; y, en el artículo 16 se especifica el  envío de la firma electrónica en unión lógica con el mensaje de datos. 
El artículo 18 establece que el tiempo de duración de la firma digital es indefinido; y en el artículo 19 se identifican las razones por las cuales ésta puede extinguirse.
Desde el artículo 23 al 27 se especifica el tiempo de duración, razones de extinción, suspensión y revocatoria de un certificado de firma electrónica. 
En el artículo 36 se ha asignado al Consejo de Comercio Exterior e Inversiones  COMEXI la función de organismo de promoción y difusión del comercio electrónico  y firma electrónica. En los artículos 37, 38 y 39 nombran al CONATEL como  organismo regulador que autoriza y registra las entidades de certificación y debe actuar bajo informes de la SUPTEL que es el organismo de control de las entidades de certificación de información. 
El sistema de infracciones, sanciones, medidas cautelares y procedimiento de los mismos se redactan en los artículos 40 al 43. 
 Los artículos 48 al 50 hacen referencia al derecho de los consumidores de este servicio a ser informados correctamente para poder aceptar los mensajes de datos que se le envíen. 
En el artículo 51 se reconoce a los mensajes de datos conferidos por las entidades de certificación de información como instrumentos públicos electrónicos con validez jurídica. A partir del artículo 57 hasta el 64 constituyen reformas al Código Penal que tienen relación con  las infracciones informáticas. 



CRÍTICA PERSONAL SOBRE LA LEY Y EL REGLAMENTO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO

Es importante aplicar todas las leyes publicadas para conocimiento de los interesados y partícipes de la actividad del comercio electrónico principalmente en las empresas que se dedican al servicio al cliente, debido a que en los diferentes artículos explican claramente los procedimientos en torno a la actividad electrónica y tecnológica, así mismo habla de las consideraciones, usos, atribuciones, infracciones y sanciones, pero en lo personal creo que la existencia de este documento debe ser difundido de manera que todos conozcan y practiquen la ley correctamente, debido a qué según el documento los perjudicados son las dos partes tanto el emisor y también el receptor esto porque  en Capítulo III habla de los derechos de los usuarios o consumidores de servicios electrónicos, y en título V de las infracciones informáticas Capítulo I de las infracciones informáticas, afecta directamente al empresario, entonces es necesario estudiarla para evitar cualquier contratiempo, además creo que la aplicación de las diferentes leyes y reglamentos para el comercio electrónico es muy oportuno  debido a que contribuye al ahorro de tiempo en favor de los emisores o signatarios de las firmas, hablando del caso en particular; sin embargo y lejos de ser un beneficio, se deberá tomar en cuenta los procedimientos y mecanismos que conlleven a la absoluta seguridad de las partes, tanto del emisor, cuanto del receptor.